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Teniendo en cuenta los principios establecidos en la Constitución Política, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el Decreto Distrital 197 de 2014 y los citados en la Resolución No 204 de 2021 de la Rectoría, La Unidad de Quejas Reclamos y Atención al Ciudadano se enmarca dentro de estos principios para el desarrollo de sus funciones y las actividades de sus servidores públicos.
LA CIUDADANÍA COMO RAZÓN DE SER DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Es el reconocimiento explícito de los ciudadanos y las ciudadanas, como eje y razón de ser de la Administración Pública en el desarrollo de su gestión. Como principio rector de la Política Pública, no habrá función pública ni hechos, operaciones y actuaciones administrativas, que no estén justificados y/o encaminados, a un adecuado servicio o producto, dirigido a satisfacer las necesidades y expectativas de la ciudadanía, de una manera ágil, eficiente y efectiva.
RESPETO: Considera el valor de las personas por sí mismas, teniendo en cuenta sus intereses, necesidades, cualidades y reconociendo este trato tanto de los servidores a la ciudadanía, como de la ciudadanía a los servidores, garantizando la sana convivencia dentro de la sociedad.
TRANSPARENCIA: Es la práctica de la gestión pública que orienta el manejo transparente y adecuado de los recursos públicos, la incorruptibilidad de los servidores públicos, el acceso a la información, los servicios y la participación consciente en la toma de decisiones, por parte de los ciudadanos, que se hace mediante la interacción de los componentes, rendición de cuentas, visibilización de la información, la integralidad y la lucha contra la corrupción.
PARTICIPACIÓN: Es el reconocimiento de los derechos de la ciudadanía, que propicia su intervención en los diferentes escenarios sociales, culturales, políticos, económicos y ecológicos, de manera activa y vinculante, para la toma de decisiones que la afecten.
EQUIDAD: Está directamente relacionada con la justicia social y, a su luz, los seres humanos son iguales en dignidad y, por tanto, deben tener las mismas oportunidades para su pleno desarrollo. La equidad está vinculada con la diversidad, de suerte que también debe expresarse en reconocimiento, inclusión y ausencia de discriminación, por cualquier condición o situación.
DIVERSIDAD: Impone el respeto a las diferencias y el reconocimiento de lo heterogéneo de la ciudadanía, garantizando el ejercicio de diversos mecanismos de protección de los derechos de las minorías étnicas y ancestrales.
IDENTIDAD: Reconoce y respeta el derecho al libre desarrollo de la personalidad del individuo, con respecto a su cuerpo, orientación sexual, género, cultura y edad.
SOLIDARIDAD: Es el accionar que promueve la cooperación, el respeto, el compañerismo, la familiaridad, la caridad, la generosidad y la sensibilidad, articulada entre la ciudadanía y los actores del servicio, en causas que aporten al desarrollo individual y colectivo, privilegiando a quienes se encuentren en estado de indefensión y/o desventaja manifiesta, frente al ejercicio, garantía y protección de sus derechos.
TITULARIDAD Y EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS: Es la responsabilidad que los actores del servicio adquieren para adoptar las medidas necesarias con el fin de garantizar, facilitar y promover el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, quienes son titulares y sujetos plenos de éstos, incluyendo mecanismos de protección, afirmación y restitución, cuando hayan sido vulnerados.
PERDURABILIDAD: Es la garantía de permanencia de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en el tiempo, correspondiendo a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas asegurarlo, a través de la institucionalidad, el cumplimiento, la evaluación, el mejoramiento y el seguimiento de las acciones planeadas en asocio con la ciudadanía.
CORRESPONSABILIDAD: Es la responsabilidad solidaria entre el Gobierno Nacional, las Administraciones Distrital y Locales, la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, los particulares y la ciudadanía, que compromete el desarrollo de acciones para la solución de problemas socialmente relevantes.
TERRITORIALIDAD: Las acciones y decisiones públicas de servicio a la ciudadanía que se adopten, como elemento sustantivo de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, deberán tener en cuenta el territorio como determinante; por tal razón, se identificarán aspectos particulares como las formas de habitar diferenciales, las condiciones geográficas, los lazos y las construcciones culturales.
ATENCIÓN DIFERENCIAL PREFERENCIAL: En todos los puntos de atención a la ciudadanía de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, así como respecto de particulares que cumplan funciones administrativas, para efectos de sus actividades de atención al público, se garantizará el derecho de acceso y se establecerán mecanismos de atención preferencial a los grupos poblacionales previstos en ley.
UNIVERSALIDAD: La Universidad Distrital Francisco José de Caldas reconoce la dignidad de los ciudadanos sin distinción de nacionalidad, credo, edad, sexo, preferencias o cualquier otra, dado que los derechos en general se consideran prerrogativas que le corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo.
COORDINACIÓN, COOPERACIÓN Y ARTICULACIÓN: La comunicación e interacción entre los actores del servicio, será un requisito indispensable para cumplir de forma integral los objetivos de esta política, de modo que concentrarán esfuerzos orientados a la satisfacción de la ciudadanía en un empleo adecuado de los recursos, así como en la búsqueda de una sociedad más justa y equitativa.
COBERTURA: La Universidad Distrital Francisco José de Caldas es garante de la prestación del servicio de atención a la ciudadanía en todas las sedes y dependencias, que conforman su estructura funcional y de servicios.
ACCESIBILIDAD: La Universidad Distrital Francisco José de Caldas propende por un servicio cercano a la ciudadanía, permitiendo el acceso a los diferentes canales de atención, sin barreras técnicas, físicas, económicas o cognitivas.
INCLUSIÓN: Es el conocimiento y reconocimiento de la ciudadanía como sujeto de derechos y deberes ante la institución, sin distinciones geográficas, étnicas, culturales, de edad, género, económicas, sociales, políticas, religiosas y ecológicas.
INNOVACIÓN: A partir de la investigación y la generación del conocimiento se propende por el mejoramiento continuo del servicio, aprovechando, al efecto, los desarrollos tecnológicos.
OPORTUNIDAD: Es la condición de responder a tiempo a las necesidades y requerimientos de la ciudadanía.
CELERIDAD: Busca el impulso oficioso de los procedimientos administrativos y la eliminación de trámites innecesarios.
ECONOMÍA: Implica que todos los procedimientos deben adelantarse en el menor tiempo posible y con la menor cantidad de gasto por parte de la Administración. En este orden, no se deben exigir documentos adicionales o que reposen en los archivos de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, ni copias innecesarias, ni autenticaciones, ni notas de presentación personal, salvo que alguna norma vigente y aplicable lo ordene en forma expresa.
EFICACIA: Tiende a que todas las actuaciones de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas logren su finalidad, removiendo de oficio los obstáculos puramente formales y evitando decisiones inhibitorias.
IMPARCIALIDAD: Todas las personas merecen el mismo trato y respeto por parte de las personas vinculadas al servicio ciudadano en la institución.
MORALIDAD: El personal administrativo y docente, las personas vinculadas a la institución a través de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión administrativa, así como los particulares que ejercen funciones públicas la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, deben obrar en sus relaciones con los administrados dentro de los principios de buena fe, honradez, honestidad, lealtad y respeto, entre otros.
PUBLICIDAD: La Universidad Distrital Francisco José de Caldas dará a conocer sus decisiones a los interesados mediante las comunicaciones, notificaciones o publicaciones, que ordenan las normas vigentes y aplicables.
CONTRADICCIÓN: En ejercicio del derecho de contradicción, las personas interesadas tendrán la oportunidad de controvertir las decisiones tomadas por la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, a través de los mecanismos normativamente establecidos.
BUENA FE: Las autoridades y los particulares presumirán un comportamiento leal y fiel, de unos hacia otros, en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes.
RESPONSABILIDAD: El personal administrativo y docente, las personas vinculadas a la institución a través de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión administrativa, así como los particulares que ejercen funciones públicas la Universidad Distrital Francisco José de Caldas asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos.